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Conducir mientras que se está intoxicado es una ofensa
de delito menor. Si la policía le para porque sospecha
que usted está intoxicado mientras conduce, tiene que darles
su licencia y el registro. Puede que le pregunten si usted ha
estado bebiendo. La policía no tiene que leerle las advertencias
Miranda, pero usted no tiene que contestar a ninguna pregunta.
La policía puede llevarle a la comisaría para que
le hagan la PRUEBA DE
ALCOHOLEMIA. Si usted rechaza tomar la prueba (la prueba
de la alcoholemia es con una máquina que usted respira
en ella y mide el porcentaje del alcohol en su sistema), la policía
puede informar de su denegación al Registro de coches y
su licencia puede ser suspendida por haber rechazado el tomar
la prueba. La pérdida de su licencia es algo aparte del
delito de conducir embriagado y si le suspenden su licencia porque
usted no tomó la prueba, no importará si en última
instancia le encuentran culpable ó no culpable de conducir
embriagado. Si le suspenden su licencia, usted tiene derecho a
tener una audiencia ante los oficiales del registro donde podrá
disputar la suspensión; tiene derecho a que un abogado
privado le represente en esta audiencia pero, si usted es indigente,
no asignarán un Abogado del Defensor Público para
representarle.
Los resultados de una prueba de alcoholemia serán admisibles
en corte contra usted. Puede ser condenado basándose simplemente
en los resultados de la alcoholemia, y puede ser condenado incluso
si no tomó la prueba de alcoholemia; si no hubo prueba
de alcoholemia, la policía simplemente testificara sobre
su conducta y su apariencia.
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