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Si un juez cree que su testimonio en el jurado indagatorio o
en la corte sería incriminatorio, él o ella puede
ordenar a la fiscalia que le den INMUNIDAD,
o si no, que se priven de su testimonio. La inmunidad solo puede
ser concedida por el Juez que preside el Tribunal aunque a menudo
la fiscalia lo solicita. Si usted recibe inmunidad, tendrá
que testificar, pero no puede ser procesado por el crimen sobre
el cual usted atestigua (usted puede, sin embargo, ser procesado
por perjurio si da testimonio falso bajo juramento, inclusive
con inmunidad). Usted tiene el derecho de consultar con un abogado
acerca de si usted necesita inmunidad; si usted es indigente,
llame a la oficina del Defensor Público.
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